El reclamo social, su origen.
El reclamo social es una manifestación de un derecho. En el reclamo existen al menos dos partes: el reclamante y el reclamado. El primero puede ser un individuo en lo particular o un grupo de personas que consideran que alguno de sus derechos constitucionales han sido transgredidos por una autoridad; de igual manera, los reclamantes pueden oponerse no únicamente a la violación de un derecho público subjetivo, sino de actos o hechos que provengan de otro u otros particulares, ya sean estos considerados en lo individual o de manera colectiva.
Por su parte el reclamado puede ser el Estado en sus diferentes vertientes –Gobierno federal, local o municipal- quien a juicio de los reclamantes no ha satisfecho de manera adecuada con alguna o algunas de sus atribuciones públicas o se ha excedido en la ejecución de éstas. Si el reclamado es un individuo particular, la reclama puede consistir en hechos o actos de esfera privada pero en todo caso esta posee dosis de intervención estatal.
Con lo anteriormente indicado, pretendo diferenciar el origen del reclamo social, es decir, por una parte posee gran dosis de afectación a los intereses del Estado como sujeto activo del reclamo, y por otra parte, considerar que los reclamos no sólo son contra el Estado, sino que pueden provenir de la lucha de intereses privados, pero que en estos no es posible separar de manera arbitraria una participación pasiva del aparato estatal, que al agudizarse el conflicto juega ya una posición de privilegio en la resolución del mismo.
El Estado es el terreno propicio para la lucha de intereses, nada puede escapar de él, por más que en los tiempos de globalización se diga que la intervención de éste es mínima o que debe ser mínima, hoy todavía su influencia en la resolución de conflictos y en la generación de los mismos, es bastante. El Estado moderno, en este sentido, encuentra una de las formas más racionales de sus existencia, a saber: el de organizarse para resolver conflictos mediante el aparato judicial o administrativo; el generar políticas ad hoc para que en el seno social no se genere el reclamo, y para, solucionar en caso de que se den, las controversias entre los particulares aún cuando la competencia del Estado sea mínima. En este sentido, el Estado se hace presente en la vida social a cada instante. No hay momento de descanso para él, todos esperamos siempre una respuesta satisfactoria ante la lucha de intereses, ponemos en el la confianza para lograr las mejores expectativas; a veces esto sucede, a veces no. Cuando hace bien las cosas sentimos que ha cumplido con su principal función, cuando no, nos sentimos desprotegidos y el ánimo de justicia se desvanece. De ahí la importancia de que el aparato estatal cumpla adecuadamente con su fin fundamental, que no es otro que la justicia, digo y aclaro, la justicia social.
El reclamo y la violación de derechos fundantes
No es el momento para hacer una historia del origen del Estado moderno, sin embargo, no hay que olvidar que éste nace para limitar el poder, acabar con la autocracia característica de la vieja monarquía feudal basada en la concentración de poderes de una o unas pocas personas. Que se ha establecido como base de su origen, el gran acuerdo de voluntades para que la marcha de los asuntos públicos tenga una conducción adecuada y racional, para establecer la soberanía y la creación de derechos ciudadanos oponibles al Estado y que éste tiene la obligación ineludible de respetar y promover en todas las formas posibles.
El Estado que hemos adoptado, es decir, su forma, posee características invaluables para hacer de la vida social una vida feliz, y si esto no ha sido así, probablemente no sea culpa exclusiva de la forma del Estado y de la forma de su gobierno, sino de la actuación exclusivamente humana que es la que conduce el paradigma de la felicidad que todos pretendemos.
No pretendo como pudiera suponerse, hacer una apología del Estado, lo que sí deseo es que se entienda que es la mejor forma de convivencia social, que sin él la sociedad difícilmente podría organizarse para solucionar sus conflictos de manera racional. Es aquí, precisamente aquí donde el Estado se nutre del Derecho. Valga la aclaración para todos ustedes que saben bien la diferencia entre Estado y Derecho, pero este último es un elemento del Estado que le da coherencia al acuerdo de voluntades de los ciudadanos y que se manifiesta en leyes de características generales y con propósitos bien definidos.
El Derecho del Estado lo concentra la Constitución. La Constitución como sabemos es la norma suprema del Estado, nada en contra de ella, todo a favor de ella. Sin constitución, escrita o no, en nuestro caso escrita y rígida, la vida social como ya lo asenté sería un caos. La función en la pertinencia de una Constitución refleja indudablemente el acuerdo de todos, es allí donde la voluntad suprema se refleja y en consecuencia sus disposiciones deben ser respetadas a cabalidad. El no respeto a la Constitución equivale a la generación de conflictos. De igual manera una Constitución mal construida, que no esté acorde a la voluntad de todos sino de unos cuantos, equivale también a generar conflictos que difícilmente podrán resolverse.
En esta vertiente es obvio comprender que una Constitución debe estar construida no como el coloso de Rodas, sino como la más efectiva creación en la organización social, claro sin pretender ser perfeccionista ya que sabemos a ciencia cierta que las Constituciones pierden eficacia con el simple transcurso del tiempo, al moverse la sociedad la Constitución debe hacerlo en el mismo sentido; más bien me refiero a la perfección de ese movimiento, a su sincronía y adecuación, al saber el momento adecuado para reformarla y ponerla acorde a los intereses de los soberanos, ese es el quid de la cuestión.
¿Qué sucede cuando una Constitución permanece incólume ante la movilidad social y no registra los cambios? La respuesta que les puedo dar en esta ocasión y que es referente al tema a tratar, es la generación del conflicto y el reclamo social.
Todos estamos ciertos, como estudiosos del Derecho, que en la Constitución, al menos en la nuestra y en muchas latinoamericanas y del resto del mundo, se ha incorporado en su texto lo que conocemos como parte dogmática, o sea, los derechos fundamentales o humanos de todos los habitantes de la nación. Estos derechos son el mínimo que una persona debe poseer para ser feliz y vivir con dignidad. Su incorporación a la Constitución no ha sido una prebenda graciosa del aparato político del Estado, sino que ha sido, en el mejor de los casos, una lucha de la sociedad por tenerlos como propios y ello ha causado torrentes de sangre en la historia de la humanidad. Una Constitución que tenga a estos derechos y los respete es una Constitución de gran dignidad y altamente eficaz en sus propósitos. La Constitución vive en razón del cumplimiento a los derechos ciudadanos, a su organización para hacerlos efectivos y a la coacción para sancionar a quienes pretenden violarlos mediante el abuso de poder, es decir, la imposición de límites al ejercicio del poder. Si una Constitución es así, aunado el elemento de la división de poderes, y el aseguramiento de la soberanía, entonces podremos decir que es una constitución que cumple con lo requisitos mínimos de democracia. Y una constitución democrática, al menos en su vertiente occidental, se orientará a la solución efectiva del reclamo social y éste por consecuencia será menor en cantidad y en grado de dificultad.
Pero puede suceder que una Constitución tenga al menos formalmente estos elementos, que estén inscritos como propósitos a cumplir, como proyecto nacional, pero que en la realidad efectiva eso no suceda o suceda de una manera parcializada.
Constitución, Democracia y Reclamo
El constitucionalismo moderno se ha identificado con la democracia, la cual por naturaleza posee el carácter de representativa. En todo sistema democrático los gobernantes son electos por los gobernados, esta es una regla de oro, sin embargo es por demás problemática la pregunta que se hace Alain Touraine en su extraordinario libro ¿Qué es la Democracia? Cuando se pregunta ¿en que condiciones los agentes políticos representan los intereses y los proyectos de los actores sociales? El autor de mérito responde parcialmente la cuestión al aseverar que “Para que la democracia tenga bases sociales muy sólidas, habría que llevar ese principio al extremo, lograr una correspondencia entre demandas sociales y partidos políticos” Nosotros en este caso, diríamos demandas sociales versus Estado.
Y este es un problema de fondo. Las demandas sociales que en cierto grado podemos equipararlas con el reclamo social en su vertiente última y más exagerada, ha sido desde el pretérito una forma de expresión de la libertad pública constituida a base de la emancipación, para hacer que el Estado cumpla con su cometido. La demanda social o reclamo es, como ya se dijo, el uso de una de tantas libertades, pero da el caso de que esa libertad puede estar o no consignada en la constitución, si lo está su uso es un derecho y a la vez obligación, si no lo está, permanece como libertad conciente de la masa de individuos que pretende el accionar del Estado hacia una dirección determinada. En esta última esta posición el reclamo bien puede constituirse como un ataque a las instituciones ya que al no recibir cobijo legal sólo queda su permanencia como derecho natural inmutable, como derecho de oposición al poder público en la toma de decisiones.
En el caso mexicano sabemos que el reclamos social sí tiene una base jurídica y procedimientos para hacerlo eficaz, su permanencia en nuestro sistema jurídico data del siglo XIX, pero ese no es el problema. El reclamo proviene de la falta de adecuación entre el ser y el deber ser en el ejercicio del poder. Las atribuciones que las leyes conceden a los funcionarios públicos en no pocas ocasiones son menospreciadas e ignoradas; la omisión en el ejercicio de ellas se convierte en política de Estado. Esta actitud consiente y deliberada – no podía entenderse de otra manera- forma parte de lo que entendemos por corrupción, la cual no solo se identifica con el uso indebido de los recursos del Estado, sino también con la omisión de sus tareas, que es tan grave como aquella. Si un Estado a través de sus representantes obra de esta manera, la posibilidad del reclamo social es latente y puede originar movimientos sociales no esperados para los actores sociales y políticos.
También el reclamo se justifica por la instrumentación errónea de las políticas de Estado. Los reclamantes se oponen muchas veces a tal o cual política que sienten que no les favorece. Un ejemplo de ello es la permanente oposición de ciertos sectores a la apertura comercial, el neoliberalismo, la globalización como métodos del quehacer estatal, los que influyen decisivamente y a paso veloz a la transformación de las políticas públicas. Esta instrumentación errónea de políticas económicas puede bien adoptarse como un elemento de la corrupción ya que ha sido evidente a lo largo de poco más de 25 años de neoliberalismo que han fracaso estrepitosamente; el mismísimo Banco Interamericano de Desarrollo (BID) así lo reconoció hace pocos días.
La democracia como forma de gobierno establece los indicadores para el reclamo social, el reclamo existe y se hace práctica dentro del ámbito de acción de los ciudadanos, sin embargo, la permanencia del reclamo en la instrumentación de la vida política del Estado es recurrente en cantidad y calidad debido a que las políticas públicas provenientes desde el poder no satisfacen los requerimientos de vida o expectativas ciudadanas.
Movimientos sociales y ciudadanía
Los movimientos sociales como fuerza o poder fáctico de la ciudadanía no son nuevos, la historia de la humanidad nos pueden dar ejemplos significativos. En esta ocasión lo que nos interesa es únicamente señalar que los movimientos sociales han resurgido de manera importante a partir de la entrada del neoliberalismo y la globalización.
Para nadie es un secreto que las Organizaciones no Gubernamentales (ONGs) existen y se dan a conocer como tales a partir de esta etapa crucial de la vida del Estado-Nación. Y estas organizaciones que no solo son nacionales sino que su radio de acción rebasa las fronteras del Estado para internacionalizarse con carta de naturalización mundial, se han creado para resolver problemas comunes y que tienen relación directa con las tareas propias del Estado o los Estados que integran esta sociedad global.
De esta manera el reclamo o protesta social amplía de manera significativa su ámbito de acción y competencia. Los problemas de una comunidad o de una región en especial no sólo son de interés de la comunidad en especie, sino que su problemática trasciende las fronteras y se ubica en el espectro mundial. La filosofía que nutre a estas organizaciones tiene que ver con el cumplimiento y aseguramiento de los derechos universales reconocidos en los tratados y convenciones emitidas al seno de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), así como de otras organizaciones paralelas de protección a derechos. El reclamo entonces se torna como un derecho universalizado y no sólo propio de los miembros de un determinado Estado- Nación.
En un ámbito más cerrado, el del Estado-Nación del cual hemos hecho referencias, el reclamo o protesta social para que sea acto consiente y debidamente racionalizado -aún cuando sí es un acto debidamente legal o legitimo-, debe provenir de la fuerza ciudadana. Y no es sencillo determinar cuando un acto es verdaderamente producto de la acción ciudadana conciente y racionalizado. No basta en este sentido tener la simple calidad jurídica de ciudadano para que todos los actos provenientes de ella sean racionales y concientes. La cuestión aquí estriba en que para que el reclamo o protesta sea o esté debidamente catalogado como acto racional sea el producto de la voluntad de todos lo ciudadanos que protestan, que el acto sea conciente en su origen, efectos y consecuencias, esto sería, de presentarse comúnmente, la garantía para que el reclamo se legitime ante el consenso de los demás ciudadanos.
La vida ciudadana en este sentido, no solamente implica el cumplimiento a la temporalidad de vida que la Constitución exige para poder ser ciudadano y ejercer derechos, sino que el ejercicio de la ciudadanía, sin el propósito de marcar diferencias o desigualdades, reclama un conocimiento cercano a la realidad política de la nación o del lugar donde se viva, y no es que pretendamos tener en las condiciones en las que estamos ciudadanos cuasi modelos, no, la cuestión estriba en que al menos el ejercicio de la ciudadanía ante el reclamo social o protesta esté equivalente con el conocimiento esencial de la problemática a resolver.
Al existir un déficit de ciudadanos concientes de las problemáticas en las cuales puede llegar a participar como reclamante, no es un defecto personal, es responsabilidad del Estado, en este caso del mexicano, el formar ciudadanos concientes de su emancipación y con posibilidades reales de ejercer esa libertad en aras del cumplimiento efectivo del Estado de Derecho, el cual no puede existir sin ciudadanos concientes, de verdad y no émulos de entes libres que en realidad aún son súbditos ignorantes de su propia condición. Un reclamo o protesta sin ciudadanos de verdad, hará que el reclamo por más justificado que sea no tenga el poder suficiente para poder imponerse con la fuerza de la razón.
No se trata de imponer condiciones subjetivas al ejercicio de un derecho objetivo, la cuestión estriba en que la formación de verdaderos ciudadanos hará que el reclamo se racionalice y adquiera verdadero valor social, ya que su razón podrá permear en las conciencias.
Epílogo
La protesta o reclamo social es un derecho constitucionalmente reconocido, como tal forma parte de los derechos fundamentales de todos, tanto en la vida interna del Estado mexicano como el la vertiente internacional. La protesta existe aún cuando el derecho la prohíba, ya que valga la redundancia, la protesta es un derecho natural propio de los seres humanos.
La protesta social es una expresión de la vida democrática. No puede entenderse a la democracia sin la posibilidad real de que los ciudadanos la ejerzan en los términos y condiciones que la misma ley les plantee, y por supuesto, que sea posible y accesible, es decir que sea un derecho eficaz.
La protesta o reclamo social debe ser una expresión de la ciudadanía conciente y racional. El fin de ello conducirá indudablemente a que el reclamo se legitime ante el demás conglomerado social. No es un requisito sine qua non, pero si un modelo deseable.
El reclamo proviene de las ineficiencias del aparato estatal. Por la adopción de políticas públicas equivocadas, por la omisión en el cumplimiento de las atribuciones, por corrupción en los aparatos administrativos y políticos del Estado o por acciones que en nada benefician a la colectividad. La lista de las causas puede abarcar muchas páginas.
Touraine, Alain. ¿Qué es la Democracia?. FCE, Cuarta Reimpresión, México 1999, pág. 79
Excelsior, 11 de octubre de 2007.
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